AUTORIZAN LA PUBLICACIÓN DE PROYECTO QUE ESTABLECE DISPOSICIONES PARA PROMOVER EL CONTROL DEL PESO NETO DE CILINDROS DE GLP A FIN DE OPTIMIZAR SU COMERCIALIZACIÓN

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA

OSINERGMIN N° 079-2016-OS/CD

El Consejo Directivo de Osinergmin se encuentra facultado para aprobar procedimientos administrativos especiales que normen los procesos administrativos vinculados con la función supervisora, función supervisora específica y función fiscalizadora y sancionadora, relacionadas con el cumplimiento de normas técnicas y de seguridad en el sector energía.

 

En lo concerniente al control metrológico o cantidad (peso) de los combustibles que se comercializan en el país, le corresponde a este organismo verificar el cumplimiento de las obligaciones referidas al peso de los cilindros de GLP y a fin de cautelar la correcta comercialización del GLP envasado en el mercado interno, resulta pertinente establecer una regulación que incentive el cumplimiento de la obligación de comercializar el GLP en cilindros con los pesos adecuados, permitiendo que, los agentes que adquieren dicho producto para su venta o consumo, puedan contrastar la información sobre la cantidad de producto que adquieren, pudiendo solicitar para tal fin el pesaje del cilindro.

 

Mediante la presente Resolución se autoriza la publicación de la misma en el diario oficial El Peruano, y se dispone que su Anexo que contiene el proyecto que establece “Disposiciones para promover el control de peso neto de los cilindros de GLP a fin de optimizar su comercialización”, así como su exposición de motivos, sean publicados en el portal institucional de Osinergmin (www.osinergmin.gob.pe).

 

En tal sentido, a fin de  permitir que las personas interesadas (entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de las personas naturales en general) formulen comentarios sobre proyecto antes mencionado, se dispone que remitan sus opiniones y sugerencias por escrito en la Mesa de Partes de Osinergmin o vía  correo electrónico a comentarios.normas.5@osinergmin.gob.pe, dentro del plazo de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución, siendo la persona designada para recibirlos, el abogado Rubén Muñoz Cruz.

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