Autorizan a los Jefes de las Zonas Registrales para que, mediante Resolución Jefatural dispongan la ampliación de los servicios registrales en el horario de “Atención Nocturna” para la Presentación de Título, Pago de Liquidación de Título y Reingreso de Título por Subsanación

RESOLUCIÓN N° 305-2018-SUNARP/SN

Con la presente norma se  autoriza a los Jefes de las Zonas Registrales para que, mediante Resolución Jefatural, dispongan, a partir del 10 de diciembre de 2018, la ampliación de los servicios registrales en el horario de “Atención Nocturna” para la Presentación de Título, Pago de Liquidación de Título y Reingreso de Título por Subsanación en las Oficinas Registrales bajo su competencia, conforme a la previa evaluación de sus necesidades y recursos.

Asimismo, se dispone los siguientes lineamientos para la implementación y gestión de los servicios registrales durante el horario de “Atención Nocturna”:

  1. a) Los Jefes Zonales, en el marco de sus competencias, deben ejecutar todas las acciones necesarias a fin de que los servicios registrales brindados no afecten el normal funcionamiento de las oficinas registrales a su cargo, máxime, tratándose de la ampliación del horario del Diario.
  2. b) El trámite entre “Oficina Receptora y Oficina de Destino” no se encuentra comprendido en la extensión del horario. Los jefes Zonales adoptan las medidas administrativas que aseguren el cumplimiento de la presente restricción operativa.
  3. c) Los Jefes Zonales comunican a la Dirección Técnica Registral y a la Oficina General de Tecnologías de la Información la decisión de habilitar los servicios registrales señalados en el artículo 1° de la presente resolución, con una anticipación no menor de cinco (5) días hábiles anteriores a la fecha del inicio.
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