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ESTATUTO
SOCIEDAD
NACIONAL DE INDUSTRIAS
TITULO
I
DE
LA SOCIEDAD Y SUS OBJETIVOS
ARTÍCULO
1°
La
Sociedad Nacional de Industrias, fundada el 12 de Junio de 1896, es persona
jurídica de derecho privado y se rige por el Código Civil, bajo
el principio de la libre asociación, definiéndose como una Institución
de Servicio.
Es una
Asociación sin fines de lucro y está integrada por miembros industriales,
que son las personas naturales o jurídicas establecidas en el territorio
del Perú que realicen cualesquiera actividades industriales manufactureras
y que deseen incorporarse a la Sociedad, acreditando su calidad de industriales
y que sean admitidos y aceptados por la Sociedad de conformidad con su Estatuto.
La Sociedad
se integra también, bajo las condiciones determinadas en este Estatuto,
por miembros adherentes, afiliados y por corresponsales.
La duración
de la Sociedad es indefinida.
Sus
actividades comprenden y abarcan todo el territorio de la República del
Perú y, eventualmente las que realice en el exterior.
Su domicilio
es la Ciudad de Lima, pudiendo abrir oficinas en otras ciudades del territorio
nacional o en el extranjero.
Por
Ley 26384, de fecha 8 de Noviembre de 1994, se declara el día 12 de Junio
como "Día de la Industria Nacional".
La Sociedad
Nacional de Industrias, podrá crear Sedes Regionales en todas las capitales
de Región con las facultades que le otorguen el Comité Ejecutivo
y el Consejo Directivo de la Institución, las cuales constarán
en el Reglamento de las Sedes Regionales.
ARTÍCULO
2°
Sus
funciones son:
-
Defender
y Promover el crecimiento económico y el desarrollo social del país
a través de la industria privada en todos los campos de su actividad,
así como defender y difundir los principios del sistema de libre
empresa, basado en la dignidad de la persona humana, la democracia representativa,
el derecho a la propiedad y a sus frutos, la libertad de precios y comercio
y, en general, las instituciones y los mecanismos propios de la economía
social de mercado.
-
Contribuir
a la expansión económica del país a través de
la extensión de la propiedad privada, la multiplicación de
empresas, la innovación tecnológica, el aumento constante
del trabajo y la mejora de la productividad.
-
Promover
el entendimiento y las relaciones funcionales entre los diversos Sectores
de la Producción, el Comercio y los Servicios, así como entre
los diversos Gremios de Productores, de Profesionales y de los Trabajadores.
Combatir toda ideología que tenga como base la lucha de clases.
-
Desarrollar
campañas de difusión pública que promuevan en los ciudadanos
peruanos la conciencia de su identidad nacional, y los fundamentos positivos
de la democracia y los principios de libre empresa y economía social
de mercado.
-
Representar
los intereses generales de los Sectores Industriales que conforman las personas
naturales y jurídicas asociadas.
-
Orientar
y coordinar la opinión de sus miembros sobre problemas nacionales
que tengan relación con la industria manufacturera.
-
Cooperar
con los Poderes Públicos en todo lo que se relacione con el desarrollo
industrial, mediante informes, sugerencias y opiniones.
-
Fomentar
la creación de nuevas industrias.
-
Estudiar
los factores que afecten a la industria y proponer medidas para la solución
de sus problemas.
-
Recomendar
la adopción de disposiciones que propicien, estimulen y contribuyan
el desarrollo de la industria, en bien de la Nación.
-
Ejercer
el derecho de petición, formulando las presentaciones necesarias
ante los Poderes Públicos, para solicitar, según proceda,
la expedición, modificación o derogatoria de leyes o de disposiciones
administrativas, que atenten contra los legítimos intereses o derechos
de la industria.
-
Establecer
y mantener relaciones con otras instituciones nacionales y/o extranjera
que sean convenientes para los intereses y el desarrollo de la industria
manufacturera del Perú.
-
Absolver
las consultas e informes que los Organismos del Estado e Instituciones Públicas
en general, le soliciten, cumplir los encargos y comisiones que le encomienden,
prestar servicios y brindar su cooperación, para la mejor solución
de los asuntos de orden industrial.
-
Apoyar
y defender las actuaciones que, de acuerdo con el presente Estatuto, realicen
los miembros en ejercicio de los cargos representativos de la Sociedad,
para los que hubieren sido elegidos o designados.
-
Promover
entre sus asociados el apoyo de éstos al desarrollo económico
y social de la Nación, basado en el trabajo, incremento de la producción
y mejora de la productividad, en la salud, en la educación, en la
investigación científica y tecnológica, en la capacitación
técnica y, en general, en todo lo que contribuya al incremento del
empleo y la consecución del bien común, y a la superación
de la persona humana y al respeto de su dignidad.
-
Contribuir
en general a satisfacer las necesidades que tengan las empresas industriales,
cuanto a representatividad, información, asistencia y acceso a nuevas
tecnologías.
-
Promover
entre sus asociados, la adopción de procesos de manufactura que no
afecten el medio ambiente y que contribuyan a mantener el equilibrio en
el sistema ecológico mundial.
-
Ejercer
la función de conciliación y la formación y capacitación
de conciliadores.
-
Promover
en las industrias del país entre otras actividades una orientación
al comercio exterior dentro del marco de la apertura de las economías
y la intensificación del comercio internacional.
-
Efectuar
las acciones que correspondan para defender a sus asociados de la informalidad
en todas sus modalidades y de la competencia desleal.
ARTICULO
3º
Para
cumplir con los fines señalados en el Art.2º, la Sociedad deberá :
-
Actuar
como Entidad representativa de la Industria Peruana a nivel nacional e internacional.
-
Acreditar
representantes en los cuerpos colegiados, organismos y comisiones oficiales,
cuando se lo soliciten o se considere conveniente su propuesta.
-
Agrupar
en Comités Gremiales o en organismos similares a los miembros industriales,
según las distintas ramas o actividades industriales, de acuerdo
a la CIIU.
-
Publicar
una revista dedicada al estudio y difusión del proceso industrial
del país, la que será su órgano oficial de prensa,
debiendo tener una circulación periódica, por lo menos bimestral.
Igualmente, publicará un Boletín quincenal de información
y un Directorio Fabril, así como las publicaciones que se estimare
convenientes, en concordancia con los fines de la Institución.
-
Organizar
Congresos, Conferencias, Seminarios, Foros, Exposiciones, Ferias y otros
certámenes relacionados con la industria, la tecnología y,
en general, con todo aspecto o acontecimiento, concordante con los fines
del Sector Productivo Manufacturero.
-
Evaluar
el adelanto de la Industria Nacional e informar debidamente a sus asociados
sobre los alcances de las disposiciones vinculadas al Sector Manufacturero.
- Constituir
Institutos, Centros de Conciliación, Centros de Arbitraje, Organismos
y Entidades Similares para estudios y finalidades específicas, los
que se regirán por el Estatuto que aprueben sus integrantes, de acuerdo
a las normas legales vigentes y las que rigen a la Sociedad, los mismos que
serán ratificados por el Consejo Directivo
Los
Institutos, Centros, Organismos y Entidades Similares a que se contrae este
inciso, estarán integrados por los representantes de los miembros
industriales que se designe al efecto, o terceros, en la medida que se requiera
de personas especialmente capacitadas, de acuerdo a ley.
Los
Presidentes de las Entidades mencionadas en el párrafo precedente,
tendrán representación jurídica para actuar directamente
ante cualquier autoridad judicial o administrativa, en asuntos que sean
de su interés o conexos con la finalidad de los centros y organismos
que representen.
Para
poder otorgar poderes a terceros, los Presidentes solicitarán al
Comité Ejecutivo de la Sociedad, dicha facultad.
-
Prestar
a sus asociados servicios de información y asesoramiento sobre normas
y disposiciones legales y administrativas, por medio de publicaciones, estudios
o circulares y absolver las consultas que fueren pertinentes.
-
Participar
en cualquier otra actividad que tienda al mejor cumplimiento de los fines
de la Institución y del Sector Productivo Nacional.
-
Coordinar
su acción con otras instituciones representativas de la Producción,
el Comercio y los Servicios, para contribuir a la solución de problemas
generales de interés económico y social ; y patrocinar
o integrar otras entidades que tengan por finalidad la defensa y promoción
de la empresa privada.
-
Participar
en reuniones internacionales que traten asuntos relacionados directa o indirectamente
con la industria manufacturera ; y
-
Realizar
toda otra actividad afín a los objetivos de la Ley y del Estatuto.
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