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Suspenden actividades extractivas del recurso anchoveta en área del dominio marítimo.
viernes, 06 de junio de 2008

Resolución Ministerial N° 525-2008-PRODUCE.

A fin de aplicar medidas preventivas de protección pesquera se ha dispuesto suspender las actividades extractivas del recurso anchoveta, a partir de las 00:00 horas del día 7 de junio de 2008 y por un periodo de tres (3) días, en el área comprendida entre los 06º00’00’’ – 07º29’59’’ Latitud Sur.

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Publicación del Proyecto de Reglamento de la Ley N° 27645 y de la Ley N° 28317 sobre comercialización, y control y fiscalización de la comercialización del Alcohol Metílico.
domingo, 01 de junio de 2008

R.M. N° 508-2008-PRODUCE.

Se ha dispuesto la publicación del documento denominado "Proyecto de Reglamento de la Ley N° 27645 – Ley que regula la comercialización de Alcohol Metílico y de la Ley N° 28317 – Ley de control y fiscalización de la comercialización del Alcohol Metílico en el portal del Ministerio de la Producción.

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Incluyen en el Anexo I de la R.M. N° 339-2007-PRODUCE a diversos armadores artesanales de embarcaciones pesqueras.
domingo, 01 de junio de 2008

R.M. N° 513-2008-PRODUCE.

Se incluye en el Anexo I de la R. M. N° 339-2007-PRODUCE a los armadores artesanales de las embarcaciones pesqueras que han cumplido con lo dispuesto en el artículo 30° de la R.M. N° 339-2008-PRODUCE.

 
Establecen cuota de captura del recurso anchoveta a que se refiere la R.M. Nº 434-2008-PRODUCE.
viernes, 30 de mayo de 2008

Resolución Ministerial Nº 509-2008-PRODUCE.

La presente norma reconoce la existencia de un saldo de captura de 146 790 toneladas del recurso anchoveta proveniente de la cuota de captura prevista en el literal a) del artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº 434-2008-PRODUCE, y dispone que la cuota de captura prevista en el literal b) del artículo 2º de le referida resolución sea de 1 146 790 toneladas, la misma que incluye el saldo de cuota anterior.

 
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