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Tuesday, 07 de February de 2012 |
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R.M N° 097-2012/MINSA 07.02.2012 Modifican los procedimientos 29, 30, 31, 32 y 33 del TUPA-MINSA, que se tramitan a través de la Ventanilla Única de Comercio Exterior (VUCE), disponiendo su publicación en la dirección electrónica www.minsa.gob.pe y en el portal del Estado Peruano. |
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Thursday, 02 de February de 2012 |
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R.M N° 084-2012/MINSA Modifican el acápite 5.6.4, del sub numeral 5.6, del numeral V de las Disposiciones Generales de la Norma Técnica de Salud para el Manejo de Infecciones de Transmisión Sexual en el Perú y encargan a la Dirección General de Salud de las Persona, a través de la Estrategia Nacional de Prevención y Control de ITS y VIH/SIDA su debida implementación. |
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Monday, 23 de January de 2012 |
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D.S. N° 001-2012-SA Modifican los artículos 12°, 17° quinto párrafo, 22° tercer párrafo, 23° primer párrafo, 24 numeral 5°, 27°, 39° último párrafo del literal a y penúltimo párrafo del literal b del artículo 40°, 70°, 125° numeral 2 correspondiente a la inscripción y reinscripción en el registro sanitario de los dispositivos médicos de la clase II, y numeral 3 correspondiente a los equipos biomédicos que no sean de tecnología controlada de la clase II, 126° numeral 2, 127° numeral 2, 166°, 193°,194°, 197° y la primera disposición Complementaria Final del Reglamento para el registro, control y vigilancia sanitaria. |
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Monday, 23 de January de 2012 |
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D.S N° 002-2012-SA Modifican los artículos 28°, tercer párrafo del artículo 69°, 73°, segundo párrafo del artículo 90° y el primer párrafo del artículo 110° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos, aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA. |
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Friday, 02 de December de 2011 |
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D.S N° 018-2011-SA Modifican la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto Supremo N° 028-2010-SA, que regula algunos alcances de los artículos 10° y 11° de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, disponiendo que en caso de las solicitudes de reinscripción en el registro sanitario de productos farmacéuticos que posean registro sanitario con fecha de vencimiento hasta el 22 de enero del 2012, este seguirá produciendo efectos hasta el pronunciamiento de la ANM sobre su solicitud, siempre y cuando los interesados hayan presentado sus solicitudes de reinscripción con anterioridad al vencimiento de su registro. |
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