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Friday, 10 de August de 2012 |
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Decreto Supremo N° 030-2012-EM
10.08.2012 Por medio del citado Decreto Supremo se modifican los artículos 6°, 81°, 84°, 86° y 87° del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas. Así mismo, se establece la creación de la Unidad Orgánica dependiente de la Dirección General de Hidrocarburos. El presente Decreto Supremo deberá ser publicado en el Portal del Estado (www.peru.gob.pe) y en el portal institucional del Ministerio de Energía y Minas (www.minem.gob.pe) el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. |
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Monday, 18 de June de 2012 |
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R.D. N° 110-2012-MEM/DGM 16.06.2012 Resuelven aprobar el formulario electrónico de solicitud de autorización de beneficio para la minería artesanal, así como de concesión de beneficio para la pequeña minería, mediana minería y gran minería y disponen su publicación en la extranet del Ministerio de Energía y Minas. |
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Monday, 11 de June de 2012 |
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D.S ° 021-2012-EM Aprueban el Reglamento de la Ley N°29852, que crea el Sistema de Seguridad Energética en Hidrocarburos y el Fondo de Inclusión Social Energético, que consta de 17 artículos, una disposición final y 3 disposiciones transitorias. |
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Wednesday, 06 de June de 2012 |
Decreto Supremo N° 020-2012-EM
06.06.2012 Se modifica el Reglamento de Procedimientos Mineros, a fin de uniformizar criterios para la evaluación y otorgamiento de autorización de beneficio, concesión de beneficio e inicio de actividad de exploración y/o explotación para la Minería Artesanal, Pequeña Minería, Mediana Minería y Gran Minería. Así mismo, los requisitos para el otorgamiento de la autorización, evaluación y aprobación. Finalmente, se sustituye el literal d) del artículo 35°, se modifica el artículo 37° y se incorpora el Capítulo XVII al Reglamento de Procedimiento Mineros aprobado por el Decreto Supremo N° 018-92-EM. |
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Wednesday, 06 de June de 2012 |
Decreto Supremo N° 019-2012-EM
06.06.2012 En primer lugar, se deja sin efecto, a partir del 01 de julio de 2012, el artículo 1° del Decreto Supremo N° 009-99-EM. Así mismo, se incluye al Sistema de Distribución Típico Especial dentro de los alcances del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural. Finalmente, podrá ser calificado como Sistemas Eléctricos Rurales previa evaluación de la solicitud correspondiente ante la Dirección General de Electricidad. |
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