miércoles, 07 de enero de 2009
Principal
Inicio
Contáctenos
Busqueda
Consultas de Asociados
Normas anteriores
Calendario Normas Legales
Enero 2009
D L M X J V S
28 29 30 31 1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 31
Normas legales
BCR
Congreso
CONSUCODE
CONASEV (Empresas y Valores)
Convenios Internacionales
INCCM (Concesiones y Catastro Minero)
INDECOPI
INEI (Estadística e Informática)
MEF (Economía y Finanzas)
MEM (Energía y Minas)
MIMDES (Mujer y Desarrollo Social)
MINAG (Agricultura)
MINACC (Concesiones y Catastro Minero)
MINDEF (Defensa)
MINJUS (Justicia)
MINSA (Salud)
MINTRA (Trabajo)
MTC (Transporte)
Municipalidades
ONPE
PCM
PJ (Poder Judicial)
PRODUCE
RREE (Relaciones Exteriores)
SBS (Banca y Seguros)
SUNARP (Registros Públicos)
SUNAT (Administración Tributaria)
VIVIENDA
GOBIERNOS REGIONALES
Proyecto de Reglamento de la Ley N° 28774, Ley que crea el Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular, establece prohibiciones y sanciona penalmente a quienes alteren y comercialicen celular
martes, 27 de febrero de 2007

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones- MTC y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones- OSIPTEL, ponen en consideración del público en general, el contenido del presente Proyecto de Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28774, la cual crea el Registro Nacional de Terminales de Telefonía Celular, establece prohibiciones y sanciona a quienes alteren y comercialicen celulares de procedencia dudosa.

La presente norma será aplicable a las empresas concesionarias de los servicios públicos móviles, estableciendo la obligación que tienen cada una de tales empresas de contar obligatoriamente con un Registro Actualizado de Abonados, independientemente de la modalidad de pago del servicio. Asimismo, dichas empresas deberán contar con una base de datos que incluya la información de los equipos terminales móviles que hubieran sido reportados, robados o perdidos.

Finalmente, se espera que en virtud de la aprobación de la presente norma, se permita viabilizar el cumplimiento de los fines de la Ley N° 28774, antes referida.

 
| Inicio | Contáctenos | Busqueda | Consultas de Asociados | Normas anteriores |