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Procedimiento del destino especial de envíos o paquetes transportados por concesionarios postales / Res. N° 210-2006/SUNAT/A PDF Imprimir E-Mail
Superintendencia Nacional de Administración Tributaria
sábado, 22 de abril de 2006

Res. N° 210-2006/SUNAT/A

Mediante la presente Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas se modifica el procedimiento del "Destino especial de envíos o paquetes transportados por concesionarios postales", INTA-PG.13; en los siguientes términos:

  • Se incluye el numeral 17 en la sección VI del procedimiento INTA-PG.13. Con dicho numeral se establece que, en la importación y exportación mediante formalidades simplificadas de envíos postales, son aplicables las pautas contenidas en los procedimientos de Despacho Simplificado de Importación INTA-PE.01.01 y Despacho Simplificado de Exportación INTA-PE.02.01.
  • Se sustituye la sección IX del procedimiento INTA-PG.13, relativa a infracciones, sanciones y delitos. Con ello se dispone lo siguiente:
  1. Las infracciones y sanciones aplicadas a los concesionarios postales son las dispuestas en el Texto Único Ordenado de la Ley General de Aduanas y la Tabla de Sanciones respectiva;
  2. En caso la infracción se subsane, ésta se encuentra dentro de los alcances del Régimen de Incentivos para el pago de multas, contemplado por el TUO de la Ley General de Aduanas; y,
  3. En los casos que la autoridad aduanera presuma la existencia de delitos tipificados en la "Ley de los Delitos Aduaneros", deberá formular la respectiva denuncia penal ante la autoridad competente.
  4.  

 
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