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LA DENOMINACIÓN SOCIAL DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA
jueves, 25 de octubre de 2007

Un asociado nos consultó si existen limitaciones para la creación de una denominación social

La denominación social es un elemento fundamental para la identificación de la persona jurídica, pues su parecido con otra podría llevar a error a los terceros con los que contrate.

La creación de la denominación social de una sociedad anónima es libre. De ese modo, se puede adoptar: Cualquier denominación de fantasía, el nombre y apellidos de una persona física, sea o no accionista, una expresión que aluda a la actividad social o cualquier otra.

Sin embargo, existen 2 limitaciones

  1. Se requiere que se haga referencia en la denominación social que se trata de una sociedad anónima. Ya sea indicando las siglas "S.A." o el nombre completo "Sociedad Anónima", y
  2. Que no se elija una denominación que sea igual a la de una sociedad anónima que ya existe.

 

 
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