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LA DENOMINACIÓN SOCIAL DE UNA SOCIEDAD ANÓNIMA |
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jueves, 25 de octubre de 2007 |
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Un asociado nos consultó si existen limitaciones para la creación de una denominación social
La denominación social es un elemento fundamental para la identificación de la persona jurídica, pues su parecido con otra podría llevar a error a los terceros con los que contrate. La creación de la denominación social de una sociedad anónima es libre. De ese modo, se puede adoptar: Cualquier denominación de fantasía, el nombre y apellidos de una persona física, sea o no accionista, una expresión que aluda a la actividad social o cualquier otra. Sin embargo, existen 2 limitaciones Se requiere que se haga referencia en la denominación social que se trata de una sociedad anónima. Ya sea indicando las siglas "S.A." o el nombre completo "Sociedad Anónima", y Que no se elija una denominación que sea igual a la de una sociedad anónima que ya existe.
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