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Establecen disposiciones complementarias para la transferencia a la ONP de los saldos CIC por efectos de la Libre Desafiliación del SPP. PDF Imprimir E-Mail
Superintendencia de Banca y Seguros
miércoles, 21 de mayo de 2008

Circular Nº AFP-93-2008.

La presente circular busca establecer los mecanismos que faciliten la transferencia de los saldos acumulados en las Cuentas Individuales de Capitalización (CIC) de aquellas personas que se desafilian del Sistema Privado de Pensiones; y es aplicable a las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (AFP) cuyos ex afiliados se hayan acogido al procedimiento de desafiliación establecido en la Ley Nº 28991 y cuya resolución de desafiliación le haya sido notificada a la AFP.

Así, establece la forma y los plazos en que las AFP transferirán a la ONP los recursos que hubieran en la CIC. También se señala la cuenta bancaria a la que deberá ser transferido el importe del Bono de Reconocimiento redimido que corresponda a los ex afiliados involicrados en la presente circular.

 
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