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Relación de Agencias Marítimas, Fluviales, Lacustres y Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba a las que se ha prorrogado y otorgado licencias para ejercer sus actividades. PDF Imprimir E-Mail
Ministerio de Transporte y Comunicaciones
miércoles, 02 de julio de 2008

Resolución N° 167-2008-APN/GG.

Se dispone dar a conocer la relación de las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales y Agencias Lacustres (señaladas en Anexo 1), y Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba (señaladas en Anexo 3), a las que se les ha otorgado la prorroga de sus respectivas licencias para que continúen ejerciendo sus actividades legalmente desde el 1 de enero de 2008 al 31 de diciembre de 2008, en los puertos que se especifican en detalle en los Anexos 1 y 3, respectivamente, de la presente resolución.

Asimismo, se dispone dar a conocer la relación de las Agencias Marítimas, Agencias Fluviales y Agencias Lacustres (señaladas en Anexo 2), y Empresas y Cooperativas de Estiba y Desestiba (señaladas en Anexo 4), a las que se les ha otorgado nuevas licencias para que ejerzan sus actividades legalmente hasta 31 de diciembre de 2008, en los puertos que se especifican en detalle en los Anexos 2 y 4, respectivamente, de la presente resolución.

 
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