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Se suprime la aplicación de derechos antidumping definitivos a las importaciones de refrescos en polvo originarios de Chile producidos y/o exportados por Córpora Tres Montes S.A. |
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Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y Protección a la Propiedad Intelectual
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viernes, 11 de julio de 2008 |
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Res. N° 093-2008-CRT-INDECOPI Se suprime a partir del 18 de julio de 2008 la aplicación de derechos antidumping definitivos de 41% sobre el valor FOB de las importaciones de refrescos en polvo originarios de Chile producidos y/o exportados por la empresa Córpora Tres Montes S.A.
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