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Suspenden lo dispuesto en el artículo 3º de la R.M. Nº 839-2008-PRODUCE para el litoral sur del Perú y autorizan recojo, colecta y acopio de especímenes varados de algas. |
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Ministerio de la Producción
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Friday, 26 de June de 2009 |
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Resolución Ministerial N° 264-2009-PRODUCE Se suspende lo dispuesto en el artículo 3º de la R.M. Nº 839-2008-PRODUCE para el litoral sur del Perú (departamentos de Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna) y se autoriza el recojo, la colecta y el acopio de especímenes varados de algas de los géneros Macrocystis (sargazo, boyador o bolas) y Lessonia (aracanto o palo) a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución.
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