Tuesday, 07 de February de 2012
Principal
Inicio
Contáctenos
Busqueda
Consultas de Asociados
Normas anteriores
Calendario Normas Legales
Febrero 2012
D L M X J V S
29 30 31 1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 1 2 3
Normas legales
BCR
Congreso
CONSUCODE
CONASEV (Empresas y Valores)
Convenios Internacionales
INCCM (Concesiones y Catastro Minero)
INDECOPI
INEI (Estadística e Informática)
MEF (Economía y Finanzas)
MEM (Energía y Minas)
MIMDES (Mujer y Desarrollo Social)
MINAG (Agricultura)
MINACC (Concesiones y Catastro Minero)
MINDEF (Defensa)
MINJUS (Justicia)
MINSA (Salud)
MINTRA (Trabajo)
MTC (Transporte)
Municipalidades
ONPE
PCM
PJ (Poder Judicial)
PRODUCE
RREE (Relaciones Exteriores)
SBS (Banca y Seguros)
SUNARP (Registros Públicos)
SUNAT (Administración Tributaria)
VIVIENDA
GOBIERNOS REGIONALES
Aprueban nuevo procedimiento de manifiesto de carga
Friday, 03 de September de 2010

Para la mayor simplificación y agilización del proceso de despacho de las mercancías y trámites aduaneros, la Sunat aprobó el nuevo procedimiento de Manifiesto de Carga, INTA-PG.09 (versión 5), mediante la RS Nº 500-2010/SUNAT/A.

Según la norma, el proceso de manifiesto de carga comprende los siguientes subprocesos de ingreso y salida de mercancías: transmisión de manifiesto de carga (consolidado/ desconsolidado; comunicación de la llegada del medio de transporte; autorización de la carga o descarga de la mercancía; término de la carga o embarque; transmisión de la nota de tarja; transmisión de la lista de bultos faltantes o sobrantes y acta de inventario de bultos en mala condición exterior; comunicación de ingreso de la carga al almacén; y la transmisión de la tarja al detalle.

Ahora el transportista deberá transmitir por vía electrónica a la administración aduanera o en registrar en el portal web de Sunat, la siguiente información: manifiesto de carga, documentación de transporte de la carga, relación de mercancías peligrosas, relación de contenedores vacíos, relación de pasajeros y equipajes, lista de provisiones a bordo, lista de armas y municiones, entre otros.

La transmisión o registro en el portal de Sunat debe efectuarse en los plazos siguientes: en la vía marítima, hasta 48 horas antes de la llegada de la nave; en la vía aérea, hasta dos horas; y en la vía terrestre y fluvial hasta antes de la llegada del medio de transporte. La disposición igualmente detalla los procedimientos, requisitos y plazos para la transmisión electrónica o registro en el portal web de Sunat del manifiesto de carga de salida.

 

Fuente: Diario Oficial El Peruano 02. 09. 10

 
| Inicio | Contáctenos | Busqueda | Consultas de Asociados | Normas anteriores |