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Confirman extremo de la Resolución sobre vigencia de derechos antidumping en la importación de tablas tipo bodyboard y kickboard procedentes de China. |
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Monday, 28 de February de 2011 |
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Res. Nº 219-2011/SC1-INDECOPI
Mediante esta resolución, la Sala de Defensa de la Competencia No 1 del INDECOPI ha resuelto confirmar el extremo de la Resolución N° 132-2009/CFD-INDECOPI, sobre vigencia de derechos antidumping en la importación de tablas tipo bodyboard y kickboard procedentes de China por un período de 3 años.
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