Thursday, 24 de May de 2012
Principal
Inicio
Contáctenos
Busqueda
Consultas de Asociados
Normas anteriores
Calendario Normas Legales
Mayo 2012
D L M X J V S
29 30 1 2 3 4 5
6 7 8 9 10 11 12
13 14 15 16 17 18 19
20 21 22 23 24 25 26
27 28 29 30 31 1 2
Normas legales
BCR
Congreso
CONSUCODE
CONASEV (Empresas y Valores)
Convenios Internacionales
INCCM (Concesiones y Catastro Minero)
INDECOPI
INEI (Estadística e Informática)
MEF (Economía y Finanzas)
MEM (Energía y Minas)
MIMDES (Mujer y Desarrollo Social)
MINAG (Agricultura)
MINACC (Concesiones y Catastro Minero)
MINDEF (Defensa)
MINJUS (Justicia)
MINSA (Salud)
MINTRA (Trabajo)
MTC (Transporte)
Municipalidades
ONPE
PCM
PJ (Poder Judicial)
PRODUCE
RREE (Relaciones Exteriores)
SBS (Banca y Seguros)
SUNARP (Registros Públicos)
SUNAT (Administración Tributaria)
VIVIENDA
GOBIERNOS REGIONALES
Vacaciones para trabajadores a medio tiempo
Monday, 20 de June de 2011
Un asociado nos consultó  si un empleado tiene derecho al goce vacacional teniendo una jornada laboral de cuatro horas y media diarias, durante cinco días a la semana



El artículo 11° del Decreto Supremo N° 012-92-TR, Reglamento del Decreto Legislativo Nº 713 sobre los descansos remunerados de los trabajadores sujetos al régimen laboral de la actividad privada, prescribe que tendrán derecho al descanso vacacional todo trabajador que cumpla una jornada mínima de cuatro horas, siempre que haya cumplido dentro del año de servicios el récord vacacional.
Son dos los requisitos que tiene que cumplir el trabajador para poder gozar del descanso vacacional, siendo éstos el cumplir con un año continuo de labor y haber cumplido con un número de días efectivos de labor durante dicho año, es decir el récord vacacional.
El récord vacacional, se determina en función a la jornada ordinaria del trabajador, es decir para aquellos que laboren 5 días a la semana deberán cumplir con un récord vacacional de 210 días dentro del año que presta el servicio.
Asimismo, la normativa no establece distinción de duración del descanso vacacional según la jornada diaria que realice el trabajador, por lo que se corresponde entregar 30 días continuos de descanso, siempre y cuando cumpla con el récord vacacional.
 
| Inicio | Contáctenos | Busqueda | Consultas de Asociados | Normas anteriores |