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| INCOTERMS |
| Monday, 11 de July de 2011 | |
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Un asociado nos consultó en qué consisten los INCOTERMS. En buena cuenta, los INCOTERMS son términos de comercio internacional producto de la autorregulación de los privados (comerciantes), y basan en los usos y costumbres aceptados en el comercio internacional, es decir, no son Leyes. Dicho de otro modo, se trata de prácticas de comercio internacional producto del propio mercado, y son actualizados cada cierto tiempo. Ahora bien, en toda operación de comercio se empieza por la celebración de un contrato principal entre comprador y vendedor (normalmente una compraventa) y, posteriormente, varios contratos en cierta medida accesorios (contratos bancarios, de transportes y de seguros, entre otros) a aquel, donde intervienen otros actores, de modo que se de satisfacción a la entrega del bien y la reducción del riesgo. Por otro lado, la función que desempeñan los INCOTERMS es la de regular los siguientes aspectos que permiten facilitar la ejecución del contrato principal: -La forma y entrega de la mercancía. -La transmisión de los riesgos. -Quién asume la contratación que permita el traslado de las mercancías. -La obligación de realizar o colaborar con el despacho aduanero. |

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