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Monday, 26 de September de 2011 |
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Un asociado nos consultó si puede renovarse el plazo de vencimiento del certificado bancario
El plazo de vencimiento de los certificados bancarios en moneda nacional o extranjera pueden ser renovados si así ha sido previsto en el título valor o, si no se hubiese señalado expresamente lo contrario. Esto es, si no se efectúa indicación alguna, deberá entenderse que el plazo es renovable en forma indefinida y sucesiva, por el mismo lapso señalado en el título valor, con la capitalización de sus intereses. Si el certificado bancario señalara en forma expresa que su plazo de vigencia no es renovable, sólo generará los intereses que se hubieren acordado desde la fecha de su emisión hasta la fecha de vencimiento Base legal: L.T.V.: art. 220° |