| Principal | |||||
|---|---|---|---|---|---|
|
| Calendario Normas Legales | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
|
| Designan y excluyen agentes de retención del Impuesto General a las Ventas |
| Monday, 31 de October de 2011 | |
|
Res. N° 257-2011/SUNAT Se designan como agentes de retención del IGV a los sujetos señalados en el anexo 1 de la presente resolución, los cuales operaran como tales a partir del 1 de Diciembre de 2011, excluyendo como agentes de retención a los sujetos señalados en el anexo 2. Ambos anexos estarán publicados en la página web de la SUNAT(www.sunat.gob.pe) |

[Volver]