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| Establecen requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de determinadas mercancías pecuarias procedentes de Zimbawe, Argentina y Chile |
| Thursday, 02 de February de 2012 | |
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R.D N° 002-2012-AG-SENASA-DSA Establecen los requisitos sanitarios específicos de cumplimiento obligatorio en la importación de las siguientes mercancías pecuarias: 1. Trofeos de caza siendo su origen y procedencia Zimbabwe. 2. Productos procesados de carne, despojos y sangre; preparaciones y conservas alimenticias a base de estos productos; sazonados, congelados o refrigerados de aves (gallo o gallina, pato, ganso o pintada), procedentes de Argentina. 3. Preparaciones de carne, despojos y sangre de aves siendo su origen y procedencia Argentina. 4. Lobos procedentes de Chile. 5. Zorros procedentes de Chile. 6. Bovinos para reproducción, exposición o freías o engorde, siendo su origen y procedencia Chile. Los requisitos para los productos señalados serán publicados en el portal institucional del SENASA |

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