Resumen Informativo del departamento Legal
Reporte Legal
19 de Mayo de 2013
Principal
Inicio
Contáctenos
Busqueda
Consultas de Asociados
Proyectos de Ley
Notas de Interés
Normas anteriores
Calendario Normas Legales
Mayo 2013
D L M X J V S
28 29 30 1 2 3 4
5 6 7 8 9 10 11
12 13 14 15 16 17 18
19 20 21 22 23 24 25
26 27 28 29 30 31 1
Liberación de mercaderías
Friday, 11 de May de 2012

Un asociado nos consultó  en qué casos procede la liberación de las mercaderías

Transcurridos quince días desde la fecha de vencimiento del crédito garantizado por el warrant, el tenedor del certificado de depósito podrá retirar las mercaderías en los siguientes casos:

- Si el tenedor del warrant fuese desconocido.

- Si el tenedor del warrant se excusase de recibir el pago.

- Si el tenedor del warrant se negase a devolver el título valor cancelado.

- Si el tenedor del certificado de depósito optase por efectuar un pago anticipado.

Para ello, deberá entregar a la administración del almacén general de depósito el importe total del crédito garantizado por el warrant.

Base legal:

L.T.V.: Art. 237°

 
| Inicio | Contáctenos | Busqueda | Consultas de Asociados | Proyectos de Ley | Notas de Interés | Normas anteriores |