APRUEBAN CRITERIOS TÉCNICOS CONFORME A LO DISPUESTO EN LOS ARTÍCULOS 35 Y 76 DEL REGLAMENTO DE PROCEDIMIENTOS MINEROS, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 018-92-EM

RESOLUCION MINISTERIAL N° 501-2017-MEM/DM

La presente norma aprueba los criterios técnicos para la aplicación de los supuestos de excepción previstos en el párrafo 35.5 del artículo 35 y en el párrafo 76.3 del artículo 76 del Reglamento de Procedimientos Mineros, aprobado por Decreto Supremo N° 018-92-EM que se encuentra como Anexo en la norma, respecto de la presentación de:

a. Solicitud de modificación de la concesión de beneficio;

b. Solicitud de modificación de la autorización de actividades de explotación, que incluye plan de minado y botaderos; e,

c. Informe Técnico Minero.

Si desea informarse a más detalle, acceda a la norma dándole clic al enlace de la resolución.

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