APRUEBAN NORMA QUE REGULA LA OBLIGACIÓN DE LOS CONCESIONARIOS DEL SERVICIO DE TELEFONÍA FIJA Y DEL SERVICIO PÚBLICO MÓVIL DE PROPORCIONAR INFORMACIÓN A LOS CONCESIONARIOS DE LARGA DISTANCIA Y A LOS CO

RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO

Nº 015-2016-CD/OSIPTEL

 

La Ley Marco de los Organismos Reguladores de la
Inversión Privada en Servicios Públicos, establece que el Organismo Supervisor
de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL) ejerce la función
normativa que comprende la facultad de dictar, en el ámbito y en materias de su
competencia, los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo,
otras de carácter general y mandatos u otras normas de carácter particular referidas
a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o actividades
supervisadas o de sus usuarios.

 

En ese sentido se aprueba la “Norma que regula la
obligación de los Concesionarios del Servicio de Telefonía Fija y del Servicio
Público Móvil de proporcionar información a los Concesionarios de Larga
Distancia y a los Concesionarios que brindan Servicios Especiales con
Interoperabilidad”.

 

Se concluye que Exposición de Motivos, el Informe Nº
006-GPRC/2016 y la Matriz de Comentarios; sean publicados en el Portal
Electrónico del OSIPTEL (página web institucional:
http://www.osiptel.gob.pe). 

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