Atención preferente a mujeres embarazadas- Ley N° 28683

Ley que modifica la Ley N° 27408, Ley que establece la atención preferente a las mujeres embarazadas, las niños, los adultos mayores, en lugares de atención al público
Se dispone que en lugares de atención al público las mujeres embarazadas, las niñas, niños, las personas adultas mayores y con discapacidad deben ser atendidas y atendidos preferentemente.

Asimismo los servicios y establecimientos de uso público de carácter estatal o privado deben implementar medidas para facilitar el uso y/o acceso adecuado para las mismas.

Ley que concede amnistía y regularización de la tenencia de armas de uso civil, armas de uso de guerra, municiones, granadas o explosivos.

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