Autorizan la difusión del proyecto de modificación del Reglamento del Mercado de Inversionistas Institucionales, el Reglamento del Mercado Alternativo de Valores, y del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENTE Nº 100-2020-SMV/02

Artículo 1.- Autorizar la difusión del proyecto de modificación del Reglamento del Mercado de Inversionistas Institucionales, aprobado por Resolución SMV Nº 021-2013-SMV/01; del Reglamento del Mercado Alternativo de Valores, aprobado por Resolución SMV N° 025-2012-SMV/01; y del Reglamento de Oferta Pública Primaria y de Venta de Valores Mobiliarios, aprobado por Resolución Conasev N° 141-98-EF/94.10.

Artículo 2.- Disponer que el proyecto señalado en el artículo anterior se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (https://www.smv.gob.pe).

Artículo 3.- El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores – SMV sus sugerencias y comentarios sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Artículo 4.- Las sugerencias y comentarios a los que se hace referencia en el artículo anterior podrán ser remitidos a la siguiente dirección de correo electrónico: proymodMII@smv.gob.pe.

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