Autorizan la difusión en el Portal del Mercado de Valores del Proyecto de Reglamento de los Mecanismos Centralizados de Negociación para Valores de Deuda Pública e Instrumentos Derivados de estos.

Res. N° 023-2013-SMV/01.-

La resolución hace mención que, el Reglamento de Bonos Soberanos y la Resolución Directoral N° 043-2013-EF/52.01 de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del MEF, dispusieron que a la SMV, en coordinación con la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del MEF, le corresponde establecer los requisitos que deben cumplir los organizadores de los mecanismos centralizados de negociación en los que se transen valores de deuda pública y sus instrumentos derivados.

De esta forma, el Proyecto propone aprobar el Reglamento de los Mecanismos Centralizados de Negociación para Valores de Deuda Pública e Instrumentos Derivados de Estos.

Disponiendo que el proyecto señalado en el artículo precedente se difunda en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de Valores (www.smv.gob.pe).

El plazo para que las personas interesadas puedan remitir a la Superintendencia del Mercado de Valores sus comentarios y observaciones sobre el proyecto señalado en los artículos anteriores es de quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.

Fecha de publicación 03.11.13

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