Declaran como barrera burocrática ilegal diversas medidas dispuestas por el Colegio de Abogados de Cusco

 

RESOLUCION N° 0214-2018/SEL-INDECOPI

 

Por la presente norma se declaró que constituye barrera burocrática ilegal la exigencia del monto ascendente a S/. 3,500.00 Soles para la tramitación del procedimiento de incorporación al Colegio de Abogados de Cusco bajo la modalidad “Grupal” y la exigencia del monto ascendente a S/. 5,000.00 Soles para la tramitación del procedimiento de incorporación al Colegio de Abogados de Cusco bajo la modalidad “Ceremonia Privada”, por constituir una transgresión a lo prescrito en el numeral 51.1 del artículo 51 y el numeral 52.1 del artículo 52 del TUO de la Ley General de Procedimiento Administrativo General.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 1256, se dispuso la inaplicación, con efectos generales, de la barrera burocrática declarada ilegal en favor de todos los agentes económicos y/o ciudadanos que se vean afectados por su imposición. Este mandato de inaplicación surte efectos a partir del día siguiente de publicado el extracto de la Resolución Nº 0214-2018/CEB-INDECOPI-CUS en la Separata de Normas Legales del diario oficial El Peruano.

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