Declaran barrera burocrática ilegal la imposición de plazo de vigencia para la inscripción en el Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales

RESOLUCIÓN N° 0614-2019/SEL-INDECOPI

La Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas, declara Barrera Burocrática ilegal el Artículo 16 del Decreto Supremo 011-2013-MINAM; el mismo que establecía la imposición de un plazo de vigencia de 3 años para la inscripción en el Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, materializada en el artículo 16 del Decreto Supremo 011-2013-MINAM, Reglamento del Registro de Entidades Autorizadas para la Elaboración de Estudios Ambientales, en el Marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental – SEIA.

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