Declaran feriados no laborables para el Sector Público. / D.S. N° 015-2006-PCM

D.S. N° 015-2006-PCM

Se ha declarado feriados no laborables en el ámbito nacional, para los trabajadores del Sector Público, los días viernes 30 de junio, jueves 27 de julio y lunes 9 de octubre de 2006. Para los fines tributarios, estos días serán considerados hábiles.

Al respecto, cabe señalar que las horas dejadas de trabajar en los días declarados no laborables, serán compensados en la semana posterior a la del día declarado no laborable, o de acuerdo a lo que establezca el titular de cada entidad pública, en función a sus propias necesidades.

Se precisa también que los centros de trabajo del Sector Privado podrán acogerse a lo dispuesto en el presente Decreto Supremo, previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores quienes deberán establecer la forma cómo se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar a falta de acuerdo decidirá el empleador.

Otorgan facilidades para que trabajadores que presten servicios en provincia distinta a la de sus lugares de votación, puedan ejercer su derecho a voto.

 

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