Decreto Legislativo que dicta medidas para regular la entrega voluntaria de armas de fuego, municiones, granadas de guerra y explosivos, por 90 días a fin combatir la inseguridad ciudadana

 

D. Leg. N°
1227

El
decreto legislativo tiene por objeto facilitar la entrega voluntaria a toda
persona natural o jurídica que posea sin autorización armas de fuego,
municiones, granadas de guerra y explosivos, sean estos de uso civil o militar.

El
decreto legislativo se aplica a toda persona natural o jurídica que de manera
voluntaria realice la entrega de armas de fuego, municiones, granadas de
guerra, explosivos ante la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de
Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de uso Civil – SUCAMEC, Comisarías y
demás dependencias de la Policía Nacional del Perú.

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