Decreto Legislativo que regula medidas para dotar de eficacia a los procesos penales tramitados bajo el Código de Procedimientos Penales de 1940 y el Decreto Legislativo N° 124.

 

D. Leg. N°
1206.

El
Decreto Legislativo tiene por objeto modificar el Código de Procedimientos
Penales de 1940, aprobado mediante Ley N° 9024; el Decreto Legislativo N° 124,
que implementa el Proceso Penal Sumario; y adelantar la vigencia de algunos
artículos del Código Procesal Penal del 2004, aprobado por Decreto Legislativo
957, en todo el territorio peruano.

Modifican
los artículos 49, 72, 77, 202 y 204 del Código de Procedimientos Penales de
1940; e incorporan los artículos 77-A, 77- B, 121-A y 285-B al Código de
Procedimientos Penales de 1940. Asimismo, modifican los artículos 3, 4 y 5 del
Decreto Legislativo N° 124.

Derogan
los artículos 197, 198, 199, 203 del Código de Procedimientos Penales de 1940;
el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 124, que regula el Proceso Penal
Sumario; y, las normas que se opongan al presente Decreto Legislativo.

Adelantan
la vigencia de los artículos 272, 273, 274, 275, 276, 277, 278, 279, 280, 281,
282, 283, 284, 285 y 334 del Código Procesal Penal, aprobado por Decreto
Legislativo N° 957, en todo el territorio peruano.

El
Decreto Legislativo entra en vigencia a los sesenta (60) días de su publicación
en el Diario Oficial El Peruano. 

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