Decreto Supremo que establece la exoneración de tasa registral para la inscripción de la medida de congelamiento de activos y modifica el Reglamento de la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera – Perú (UIF – PERÚ), aprobado por Decreto Supremo Nº 020-2017-JUS

DECRETO SUPREMO N° 008-2018-JUS

Por la presente norma se Exonera a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF-Perú), hasta por el plazo de 3 años, del pago de tasa registral por todo concepto que implique la calificación e inscripción de la medida administrativa de congelamiento de activos, así como su convalidación o revocación judicial, conforme a lo establecido en los numerales 11 y 12 del artículo 3 de la Ley Nº 27693, Ley que crea la Unidad de Inteligencia Financiera – Perú (UIF – Perú).

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