DECRETO SUPREMO QUE APRUEBA LA POLÍTICA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVERSIÓN PRIVADA EN ASOCIACIONES PÚBLICO PRIVADAS Y PROYECTOS EN ACTIVOS

DECRETO SUPREMO

N° 077-2016-EF

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1224, se aprobó el Decreto Legislativo del Marco de Promoción de la Inversión Privada mediante Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, con el objeto de establecer los procesos y modalidades de promoción de la inversión privada para el desarrollo de infraestructura pública, servicios públicos, servicios vinculados a estos, proyectos de investigación aplicada y/o innovación tecnológica y la ejecución de proyectos en activos.

 

Asimismo, se creó el Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada, como un sistema funcional para el desarrollo de las Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, integrado por principios, normas, procedimientos y lineamientos técnico normativos, con el fin de promover, fomentar y agilizar la inversión privada para contribuir a la dinamización de la economía nacional, la generación de empleo productivo y la competitividad del país.

 

De esta manera, el presente Decreto Supremo aprueba la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, asimismo señala como objetivo de la Política Nacional, fomentar la participación del sector privado en las distintas modalidades de Asociación Público Privada para el desarrollo de proyectos que contribuyan de manera eficiente al cierre de la brecha de infraestructura pública existente en el país. A su vez, busca promover la sinergia entre los diversos proyectos de Asociación Público Privada y Proyectos en Activos y asegurar que los procesos de promoción sean realizados bajo condiciones de competencia, sin discriminación de ninguna índole a los postores y en cumplimiento de lo establecido en distintos Tratados suscritos por el Estado Peruano.  

 

El ámbito de aplicación comprende a las entidades que conforman el Sistema Nacional de Promoción de la Inversión Privada de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 1224, siendo que el Ministerio de Economía y Finanzas tiene a su cargo la coordinación, supervisión y evaluación del cumplimiento de la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociaciones Publico Privadas y Proyectos en Activos.

 

Como Disposición Complementaria Final, el Ministerio de Economía y Finanzas, en un plazo de 180 días hábiles, debe elaborar el plan de Implementación de la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos, el cual deberá contener los objetivos, estrategias, metas, acciones y roles de las entidades señaladas en el artículo 3 del presente Decreto Supremo.

 

El presente decreto y la Política Nacional de Promoción de la Inversión Privada en Asociaciones Público Privadas y Proyectos en Activos se encuentran publicados en el portal del Estado Peruano (www. peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Ministerio de Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).

 

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