Designan representante de los Gremios Empresariales ante el Directorio del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA.

R.S. Nº 015-2014-MINEDU

 

El artículo 21 de la Ley, establece que el Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, es el órgano operador encargado de definir los estándares de medición internos e indicadores para garantizar en las instituciones educativas de la Educación Básica y Técnico – Productiva públicas y privadas, los niveles aceptables de calidad educativa, así como alentar la aplicación de las medidas requeridas para su mejoramiento.

A su vez, el IPEBA cuenta con un órgano de dirección, constituido por un directorio de carácter interdisciplinario, integrado por seis (6) expertos de reconocido prestigio en el campo de la evaluación, acreditación y certificación; propuestos por el Ministerio de Educación, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, por las entidades educativas privadas, por los gremios empresariales, por el Centro de Planeamiento Estratégico Nacional – CEPLAN, y por el Servicio Nacional de Adiestramiento en Trabajo Industrial – SENATI; los cuales son designados mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Educación, previo proceso de selección en su entidad de origen y por un período de tres (3) años, renovables por tercios.

El literal d) del artículo 29 del Reglamento de la Ley N° 28740, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2007-ED, establece que en relación a los gremios empresariales el representante debe ser un profesional que tenga experiencia o conocimiento de la Educación Básica y Técnico Productiva y designado por la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas.

Designan al señor ALBERTO JOSE CABELLO ORTEGA, como representante de los Gremios Empresariales ante el Directorio del Instituto Peruano de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad de la Educación Básica – IPEBA, a fi n de completar el periodo de la designación realizada mediante Resolución Suprema N° 004-2012-ED.

 

Fecha de publicación: 17.04.14

 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

uno × cuatro =

X
X