Designan sociedades de auditoría para realizar auditorías a los estados financieros, examen especial a la información presupuestal, aspectos operativos y auditoría de gestión de diversas entidades

Decreto Supremo N° 001-2007-MTC

Se ha dispuesto que la prórroga de suspensión del control de peso bruto vehicular establecida mediante D.S. N° 004-2006-MTC, sea aplicable a todos los vehículos de la categoría N3, destinados al transporte de combustibles líquidos derivados de hidrocarburos, que circulen en la ruta Cusco- Puerto Maldonado, los cuales deberán cumplir con adecuarse al requisito contenido en el numeral 1 del artículo 23° del Reglamento Nacional de vehículos, aprobado por D.S. N° 058-2003-MTC, indefectiblemente hasta el 31 de marzo de 2007.

Los vehículos referidos en el párrafo anterior que sean detectados por los efectivos de la Policía Nacional del Perú y/o por los inspectores del Ministerio de Transportes y Comunicaciones o de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones correspondiente, transportando personas fuera de la cabina del vehículo destinada al conductor y su copiloto, serán internados en los Depósitos Oficiales que determine la autoridad competente, pudiendo ser retirados de dichos recintos únicamente cuando si se ha cumplido con el retiro de las zonas de carga indebidamente acondicionadas, sin perjuicio de las sanciones administrativas correspondientes.

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