Designan y excluyen agentes de retención del Impuesto General a las Ventas

Res. N° 257-2011/SUNAT

Se designan como agentes de retención del IGV a los sujetos señalados en el anexo 1 de la presente resolución, los cuales operaran como tales a partir del 1 de Diciembre de 2011, excluyendo como agentes de retención a los sujetos señalados en el anexo 2.

Ambos anexos estarán publicados en la página web de la SUNAT(www.sunat.gob.pe)

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