Designan y excluyen Agentes de Retención del Impuesto General a las Ventas

Res. N° 217 – 2010/SUNAT

Mediante esta norma se designan y excluyen  como agentes de retención del Impuesto General a las Ventas a los sujetos señalados en el Anexo 1 de la presente Resolución, los mismos que operarán y dejarán de operar respectivamente como tales a partir del 1 de setiembre de 2010.

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