Dictan medidas extraordinarias adicionales para estimular la economía.

D.U. N° 005-2014.-

El Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y financiera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía.

Entre lo dispuesto consideran necesario establecer medidas a fin de evitar perjuicios económicos y sociales que podrían suscitarse de no adoptarse una adecuada y oportuna intervención en relación con el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo.

Por lo cual, autorizan, de manera excepcional, a realizar la actualización de la Banda de Precios Objetivo de cada Producto a que se refiere el numeral 4.3 del artículo 4 y la Segunda Disposición Final del Decreto de Urgencia N° 010-2004, norma que crea el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo, y modificatorias, hasta el mes de junio de 2015.

*La actualización se efectuará dentro de los siguientes tres (3) días hábiles de su entrada en vigencia. En consecuencia, los Márgenes Comerciales y las Bandas de Precios.

 

 

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