DICTAN MEDIDAS PARA EL PAGO DE FONDOS OTORGADOS O LIBERADOS POR EL GOBIERNO A TRAVÉS DE CUENTAS EN EMPRESAS DEL SISTEMA FINANCIERO Y EMPRESAS EMISORAS DE DINERO ELECTRÓNICO ANTE LA EMERGENCIA PRODUCIDA POR EL COVID-19, Y OTRAS DISPOSICIONES

DECRETO DE URGENCIA Nº 056-2020

El presente Decreto de Urgencia tiene por objeto establecer medidas extraordinarias, en materia económica y financiera, que permitan que las empresas del sistema financiero, incluido el Banco de la Nación, y empresas emisoras de dinero electrónico supervisadas por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, puedan abrir cuentas, masiva o individualmente, a favor de los beneficiarios de fondos otorgados o liberados por leyes y otras normas, para efectuar el respectivo pago; y otras medidas que permitan a las entidades bajo competencia de la Superintendencia del Mercado de Valores a convocar y celebrar juntas de accionistas y asambleas de obligacionistas de manera no presencial o virtual; así como disposiciones sobre solicitudes de disposición de la CTS e instrumentos no financieros para incrementar el desarrollo productivo y productividad de las MIPYME y emprendimientos innovadores de alto impacto en etapas iniciales de desarrollo.

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