Establecen límites de inversión generales para los fondos administraditos por las Administradores Privadas de Fondos de Pensiones

Circular N° 015-2013-BCRP

Establecen  los siguientes porcentajes operativos máximos para los limites de inversión generales  el sublime de instrumentos emitidos o garantizados por el Estado Peruano (en porcentaje del valor del Fondo)

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