Establecen para el año 2012 la vacunación obligatoria en bovinos de toda edad en las zonas identificadas con vacunación o de alto riesgo

R.D. N° 007-2012-AG-SENASA-DSA

Establecer para el año 2012 la vacunación obligatoria en bovinos de toda edad en las zonas identificadas con vacunación o de alto riesgo consignadas en el anexo publicado en el portal institucional del SENASA.

Se establecen como fechas de campaña de vacunación antiaftosa obligatoria establecida en el artículo precedente comprende dos fases:

I fase: Del 01 de abril al 30 de junio de 2012

II fase: Del 15 de octubre al 31 de diciembre de 2012

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