MODIFICAN EL ARTÍCULO 5 DE LA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL N° 41-2016/SUNAT/5F0000

RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA NACIONAL

Nº 44-2016/SUNAT/5F0000

Mediante la presente Resolución se modifica el artículo 5 de la Resolución de Intendencia Nacional N° 41-2016/ SUNAT/5F0000, de acuerdo al texto siguiente:

“Artículo 5. Vigencia

La presente resolución entra en vigencia a partir del día siguiente de su publicación; con excepción de sus artículos 2, 3 y 4 que rigen a partir del 2.11.2016, y del numeral 27, del literal A de la Sección VII del procedimiento general “Exportación Definitiva” INTA-PG.02 (versión 6), incorporado por el artículo 1 de esta resolución, que entra en vigor conforme al siguiente cronograma:

a) En las Intendencias de Aduana de Pisco y Salaverry, el 1.1.2017;

b) En las demás Intendencias de Aduana, el 15.12.2016.”

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

10 + 7 =

X
X