Modifican el Texto Único ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta en lo referido al Régimen especial/ Decreto Legislativo N° 968

Decreto Legislativo N° 968

Se han modificado los artículos 117°, 118°, 119°, 120°,121°,122°,123° y 124°, los cuales se refieren a los sujetos comprendidos y no comprendidos en el presente régimen, así como el acogimiento, la cuota aplicable, cambio de régimen, obligación de ingresar al régimen general, las rentas de otras categorías, así como los libros y registros contables. Cabe precisar que la presente norma entrará en vigencia el 1 de enero de 2007. Para mayor información ver detalle en nota de interés.

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