Reglamento de las Cámaras de Compensación de Transferencias Inmediatas.

 

Circular Nº
035-2015-BCRP.

El
Reglamento se aplica al proceso de Compensación de Transferencias Inmediatas
administrado por las ESEC y a su Liquidación en el BCRP. Aquellas
transferencias de fondos derivadas de las operaciones propias de las empresas
del Sistema Financiero no pueden ser objeto de la Compensación a que se refiere
el Reglamento.

Las
órdenes de Transferencias Inmediatas que las Entidades Participantes ingresen a
la compensación pueden recibirse en cualquier plaza del país,
independientemente de la localidad sede de la ESEC y tener como destino
clientes en las distintas plazas a nivel nacional.

Este
Reglamento debe ser complementado por los Reglamentos Internos que emitan las
ESEC de conformidad con las normas vigentes.

 

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