RESOLUCIÓN LEGISLATIVA DEL CONGRESO QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 88 DEL REGLAMENTO DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA, A FIN DE ELEVAR EL NÚMERO DE INTEGRANTES DE UNA COMISIÓN INVESTIGADORA

RESOLUCIÓN
LEGISLATIVA DEL CONGRESO

012-2016-2017-CR

Mediante la
presente resolución se modifica el
primer párrafo del literal a) del artículo 88 del Reglamento del
Congreso de la República

Modifíquese el primer párrafo del literal a) del artículo 88
del Reglamento del Congreso, conforme al texto siguiente:

Artículo 88. El Procedimiento de Investigación

[…]

a) Las Comisiones de Investigación se constituirán por
solicitud presentada mediante Moción de Orden del Día. Para su admisión a
debate y aprobación sólo se requiere el voto aprobatorio del treinta y cinco
por ciento (35%) de los miembros del Congreso. Integrarán la Comisión entre
cinco y nueve congresistas, propuestos por el Presidente del Congreso,
respetando hasta donde sea posible el pluralismo y proporcionalidad de los
Grupos Parlamentarios. A fin de garantizar el debido proceso, se evitará que la
integren quienes hayan solicitado su constitución.

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