Suspenden temporalmente la actualización y publicación de las bandas de precios de gas licuado de petróleo.


D.U. N° 050-2011

Como se sabe, el Decreto Supremo N° 010-2004 creó el Fondo para la Estabilización de Precios de los Combustibles Derivados del Petróleo. Ahora bien, luego del análisis efectuado sobre el referido Fondo se ha llegado a concluir que se trata de un mecanismo beneficioso para la economía, en tanto que ayuda a atenuar los efectos de la volatilidad externa en el precio del mineral energético.

Sin embargo, toda vez que el Gobierno evalúa diversas alternativas relacionadas al mercado de gas licuada de petróleo, resulta conveniente suspender temporalmente la actualización y publicación de la Banda de Precios establecida, de modo que se mantendrá la vigencia de la Banda de precios aprobada por la Resolución de Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria del OSINERGMIN N° 039-2011-OS/GART, de fecha 09 de junio del 2011, hasta la próxima actualización.

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